Texto oficial
Artículo 2°.- Mientras no se instale la Corte de
Apelaciones de Coyhaique, el Tribunal Electoral de la X
Región de Los Lagos, conocerá de los asuntos que se
promuevan en la XI Región Aysén del General Carlos
Ibáñez del Campo.
Instalada que sea esta Corte, el Tribunal Electoral
Regional de la XI Región, se constituirá el nonagésimo
día siguiente hábil a que entre en funcionamiento dicha
Corte.