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Artículo 9 de la Ley 18.611

Establece regionalizacion presupuestaria de los subsidios familiares y pensiones asistenciales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30002 / 8147503.

Texto oficial

Artículo 9°.- Deróganse las siguientes disposiciones legales: a) La letra b) del inciso primero del artículo 3° de la ley N° 18.020; b) El artículo 6° de la ley N° 18.020; c) El artículo 3° del decreto ley N° 869, de 1975, y d) El inciso segundo del artículo 14 del decreto ley N° 2.448, de 1979.