Texto oficial
Artículo 9°.- Los fondos no invertidos en la erección
del monumento a que se refiere el artículo 1° de esta ley,
serán traspasados por iguales partes a la Corporación de
Ayuda al Menor (CORDAM) y a la Fundación Niño y Patria.
Dispone la ereccion de un monumento a los martires de carabineros de chile y dicta normas respecto de la ley n° 18.509
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30005 / 9047049.