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Artículo 1 de la Ley 18.615

Dispone ereccion de un monumento a los heroes y proceres de la pacificacion de la araucania y de las guerras contra la confederacion peru-boliviana y del pacifico, en la ciudad de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30006 / 8285979.

Texto oficial

Artículo 1°.- Dispónese la erección de un monumento en la ciudad de Santiago, cuya finalidad será la de guardar los restos de los héroes y próceres nacionales de la más destacada e indiscutida participación en la Pacificación de la Araucanía y en las Guerras contra la Confederación Perú- Boliviana y del Pacífico.