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Artículo 3 de la Ley 18.632

Crea corporacion de asistencia judicial de las regiones de tarapaca y de antofagasta y le concede personalidad juridica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30022 / 7184452.

Texto oficial

Artículo 3°.- Para todos los efectos legales, reglamentarios y administrativos, se entenderá que la Corporación de Asistencia Judicial de las Regiones de Tarapacá y de Antofagasta es de aquéllas creadas por la ley N° 17.995.