Texto oficial
Artículo 6°.- El Segundo Juzgado de Policía Local de Arica deberá estar instalado legalmente dentro del plazo de 90 días contado desde la publicación de esta ley.
Crea segundo juzgado de policia local en municipalidad de arica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30033 / 8286001.