Saltar al contenido

Artículo 7 de la Ley 18.643 · Crea segundo juzgado de policia local en municipalidad de arica

Crea segundo juzgado de policia local en municipalidad de arica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30033 / 8286002.

Texto oficial

Artículo 7°.- El mayor gasto que signifique la aplicación de esta ley se financiará con cargo al Presupuesto de la Municipalidad de Arica.