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Artículo DECIMO de la Ley 18.660 · Modifica la legislacion sobre seguros y valores

Modifica la legislacion sobre seguros y valores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30047 / 8596478.

Texto oficial

ARTICULO DECIMO.- Las disposiciones de esta ley entrarán en vigencia el primer día del segundo mes siguiente al de su publicación.