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Artículo 6 de la Ley 18.668 · Modifica el decreto con fuerza de ley (g) n° 1, de 1968

Modifica el decreto con fuerza de ley (g) n° 1, de 1968

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30054 / 7184546.

Texto oficial

Artículo 6°.- El mayor gasto que originare la aplicación de esta ley se imputará al presupuesto de la Subsecretaría de Aviación.