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Artículo 42 de la Ley 18.681

Establece normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30067 / 8691365.

Texto oficial

Artículo 42.- El artículo anterior entrará en vigencia el 1° de enero de 1988, con excepción de sus letras f), i), j), k), m) y n), las que entrarán en vigencia el 1° de enero de 1989.