Texto oficial
Artículo 72.- Sustitúyese en el inciso cuarto del
artículo 3° de la ley N° 18.483 el término "seis meses"
por el de "doce meses".
Establece normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y personal
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30067 / 8691395.