Saltar al contenido

Artículo 71 de la Ley 18.681

Establece normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30067 / 8691394.

Texto oficial

Artículo 71.- Sustitúyese, en los artículos 7° y 13 de la ley N° 18.634, la expresión "5.000 dólares" por "3.000 dólares".