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Artículo 89 de la Ley 18.681

Establece normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30067 / 8691413.

Texto oficial

Artículo 89.- Reemplázase en el número 3 de la letra c) del artículo 114 del decreto con fuerza de ley N° 1 (G) y en el número 4 de la letra e) del artículo 46 del decreto con fuerza de ley N° 2 (I), ambos de 1968, la frase "en veinte cuotas mensuales iguales" por "en un máximo de veinte cuotas mensuales iguales, de acuerdo con lo que determine la respectiva Institución".