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Artículo 88 de la Ley 18.681

Establece normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30067 / 8691412.

Texto oficial

Artículo 88.- Declárase, interpretando el artículo 3° de la ley N° 18.566, que a los funcionarios regidos por las escalas del decreto ley N° 249, de 1974, que perciben asignación profesional en virtud de la norma del artículo 3° del decreto ley N° 2.056, de 1977, les corresponde la asignación que dicho artículo otorga a los funcionarios profesionales de su mismo grado del escalafón que integran.