Texto oficial
Artículo 38.- Cada Mesa Receptora de Sufragios se
compondrá de cinco vocales elegidos de entre los inscritos
en el Padrón de Mesa respectivo.
Ley orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30082 / 8602170.