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Artículo 4 de la Ley 18.709

Modifica decreto ley n° 1.446, de 1976, estatuto de capacitacion y empleo y decreto con fuerza de ley n° 1-18.359, de 1985, del ministerio del interior

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30091 / 7185398.

Texto oficial

Artículo 4°.- Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Se exceptúan de lo anterior las modificaciones a los artículos 11 y 27, que entrarán en vigor seis meses después de la publicación de esta ley.