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Artículo 1 de la Ley 18.723 · Otorga atribuciones que indica al comando de industria militar e ingenieria del ejercito

Otorga atribuciones que indica al comando de industria militar e ingenieria del ejercito

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30104 / 8751741.

Texto oficial

Artículo 1°.- El Comando de Industria Militar e Ingeniería del Ejército será el organismo encargado de coordinar y centralizar, en el orden patrimonial, las acciones que el Ejército desarrolla a través del Instituto Geográfico Militar, del Instituto de Investigaciones y Control del Ejército y del Complejo Químico Industrial del Ejército.