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Artículo 3 de la Ley 18.748 · Condona y autoriza la reprogramacion de los creditos que señala

Condona y autoriza la reprogramacion de los creditos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30128 / 5990820.

Texto oficial

Artículo 3°.- La cobranza de los créditos que resulte de la reprogramación antes indicada, la efectuará la Empresa Nacional de Minería.