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Artículo 5 de la Ley 18.768

Normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30147 / 8751761.

Texto oficial

Artículo 5°.- Introdúcense, al inciso tercero del artículo 11 de la ley N° 18.196, las siguientes modificaciones: a) Sustitúyese, la fecha "1° de diciembre", por "31 de diciembre", y b) Agrégase, en punto seguido, la frase: "Si a tal fecha el decreto respectivo no hubiere sido suscrito por alguno o ninguno de estos dos últimos Ministros, regirá el presupuesto contenido en el decreto expedido por el Ministro de Hacienda, sin perjuicio de la firma posterior por parte de él o los Ministros antes señalados."