Texto oficial
Artículo 7°.- Decláranse inembargables los bienes del
Instituto de Normalización Previsional, incluidos los que
pertenecían a las entidades de previsión indicadas en el
artículo 1° de la ley N° 18.689.
Normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y de personal
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30147 / 8751763.