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Artículo 7 de la Ley 18.768

Normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30147 / 8751763.

Texto oficial

Artículo 7°.- Decláranse inembargables los bienes del Instituto de Normalización Previsional, incluidos los que pertenecían a las entidades de previsión indicadas en el artículo 1° de la ley N° 18.689.