Saltar al contenido

Artículo 25 de la Ley 18.768

Normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30147 / 8751781.

Texto oficial

Artículo 25.- Declárase que los recursos transferidos por el Ministerio de Salud, por intermedio del Fondo Nacional de Salud, al Servicio de Salud Metropolitano Central y las sumas aportadas por éste a la Corporación Privada de Desarrollo Social "Lautaro", con motivo del convenio aprobado por resolución N° 808, de 30 de diciembre de 1985, durante los años 1986 a 1988, y que han tenido por objeto permitir que esa Corporación ejecute las acciones de salud previstas en el mismo, se ajustan a las normas del decreto con fuerza de ley N° 36, de 1980, del Ministerio de Salud, en especial a su artículo 9° y a la inteligencia que las partes han dado a las cláusulas séptima, décimo octava y vigésimo primera del convenio mencionado.