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Artículo 74 de la Ley 18.768

Normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30147 / 8751832.

Texto oficial

Artículo 74.- Reemplázase el inciso primero de la letra b) del artículo 9° del decreto ley N° 2.079, de 1978, por el siguiente: "b) Por un representante de los trabajadores del banco, que será elegido por ellos mismos conforme al Reglamento que se dicte al efecto.".