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Artículo 105 de la Ley 18.768

Normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30147 / 8751864.

Texto oficial

Artículo 105.- Reemplázanse en el artículo 1°, en las letras b), e) y j) del artículo 4° y en la letra d) del artículo 7° del decreto con fuerza de ley N° 82, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, la expresión "Viceministro" por "Ministro".