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Artículo 1 de la Ley 18.773 · Transforma la empresa maritima del estado en sociedad anonima

Transforma la empresa maritima del estado en sociedad anonima

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30152 / 8286123.

Texto oficial

Artículo 1°.- Autorízase al Estado para desarrollar actividades empresariales de transporte marítimo en cualquiera de sus formas.