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Artículo 3 transitorio de la Ley 18.778

Ley que establece subsidio al pago de consumo de agua potable y servicio de alcantarillado de aguas servidas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30157 / 8035796.

Texto oficial

Artículo 3°.- Los recursos para el pago de los deducirán de la provisión para financiamiento comprometido incluida en la Partida Tesoro Público del Presupuesto de dicho año.