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Artículo 34 de la Ley 18.815

Regula fondos de inversion; modifica decretos con fuerza de ley n°s. 251 y 252, ambos del ministerio de hacienda, de 1931 y 1960, respectivamente, y la ley n° 18.045

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30192 / 8178412.

Texto oficial

Artículo 34.- Agrégase al artículo 91 de la ley N° 18.045, a continuación del primer inciso, el siguiente: "Asimismo, las cuotas de fondos de inversión se clasificarán en cuotas de primera clase, de segunda clase o sin información suficiente, en atención al tipo de fondo y a la clasificación de riesgo de sus inversiones."