Texto oficial
Artículo 72.- Derógase, a partir de la vigencia de
esta ley, el decreto con fuerza de ley N° 42, de 1978, del
Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Establece un nuevo estatuto general para las cajas de compensacion de asignacion familiar (c.c.a.f.), sustitutivo del actual contenido en el decreto con fuerza de ley n° 42, de 1978, del ministerio del trabajo y prevision social
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