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Artículo 72 de la Ley 18.833

Establece un nuevo estatuto general para las cajas de compensacion de asignacion familiar (c.c.a.f.), sustitutivo del actual contenido en el decreto con fuerza de ley n° 42, de 1978, del ministerio del trabajo y prevision social

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30209 · idParte: 8580819

Texto oficial

Artículo 72.- Derógase, a partir de la vigencia de esta ley, el decreto con fuerza de ley N° 42, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.