Saltar al contenido

Artículo 6 transitorio de la Ley 18.834 · Aprueba estatuto administrativo

Aprueba estatuto administrativo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30210 / 8716159.

Texto oficial

Artículo 6°.- El límite de personal a contrata establecido en el artículo 9.° permanente, inciso segundo, se aplicará a partir del 1° de enero del año 2000. No podrá aumentarse la dotación actualmente existente de este personal que exceda de dicho límite.