Texto oficial
Artículo 3°.- La sociedad anónima que se ordena
constituir por esta ley será continuadora legal de la Junta
de Administración y Vigilancia de la Zona Franca de
Iquique, a contar de la fecha de disolución del referido
Servicio Público.
Autoriza la actividad empresarial del estado en materia de administración y explotacion de la zona franca de iquique
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