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Artículo 20 de la Ley 18.869 · Ley de presupuestos del sector publico año 1990

Ley de presupuestos del sector publico año 1990

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30243 · idParte: 7186586

Texto oficial

Artículo 20.- Lo dispuesto en los artículos 3°, 11, 15 y 17 de este texto, es aplicable al Poder Judicial.