Texto oficial
Artículo 7°.- Sustitúyese, en el inciso primero del artículo 2° del decreto ley N° 2.546, de 1979, a continuación de la expresión "Teniente (E) y grados equivalentes..." el guarismo "10%" por "14%".
Concede reajuste de remuneraciones al sector publico
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30244 / 8530114.