Texto oficial
Artículo 12.- Suprímese en el artículo 81 de la ley N° 18.768, la expresión "la Policía de Investigaciones de Chile,".
Concede reajuste de remuneraciones al sector publico
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30244 / 8530119.