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Artículo UNICO de la Ley 18.879 · Deroga el decreto ley n° 349, de 1974, y sus modificaciones

Deroga el decreto ley n° 349, de 1974, y sus modificaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30252 · idParte: 8286246

Texto oficial

Artículo único.- Deróganse los decretos leyes N°s. 349, de 1974; 911, de 1975, y 1.623, de 1976.