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Artículo 1 transitorio de la Ley 18.879 · Deroga el decreto ley n° 349, de 1974, y sus modificaciones

Deroga el decreto ley n° 349, de 1974, y sus modificaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30252 · idParte: 8286247

Texto oficial

Artículo transitorio.- Las actuales directivas de las organizaciones a que se refiere el decreto ley N° 349, de 1974, continuarán desempeñando sus funciones mientras no proceda la renovación, remoción o sustitución de sus integrantes, lo cual se realizará en conformidad a lo que establezcan sus respectivos estatutos.