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Artículo 140 de Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales

Aprueba estatuto administrativo para funcionarios municipales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30256 / 8638992.

Texto oficial

Artículo 140.- Acogida la reposición el alcalde dictará el decreto correspondiente en el plazo de cinco días.