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Artículo 1 transitorio de la Ley 18.885

Autoriza al estado para desarrollar actividades empresariales en materia de agua potable y alcantarillado, y dispone la constitución de sociedades anónimas para tal efecto

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30258 / 9091653.

Texto oficial

Artículos transitorios {ARTS. 1-2} Artículo 1°.- Autorízase al Fisco para otorgar préstamos a las sociedades anónimas que se permite constituir por esta ley, con recursos provenientes de créditos contratados con el Banco Interamenicano de Desarrollo y que se encuentren en actual ejecución, en la forma y condiciones que determine, mediante uno o más decretos expedidos por el Ministerio de Hacienda bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República.".