Texto oficial
Artículo 14.- Mientras no se dicte el reglamento de la
presente ley, continuarán rigiendo los decretos supremos
reglamentarios vigentes, en lo que no contravengan las
disposiciones de esta ley.
Ley general de pesca y acuicultura
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30265 / 8286550.