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Artículo 38 de la Ley 18.899

Normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30271 / 8740441.

Texto oficial

Artículo 38.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley N.° 274, de 1960: a) Sustitúyese el artículo 2.° por el que se sigue: "Artículo 2.°- La Empresa tiene por objeto atender el abastecimiento de productos esenciales a la población en comunas aisladas que no cuenten con proveedores particulares de dichos bienes." b) Suprímese la letra f) del artículo 5.°. c) Sustitúyense las letras a), b), c) y d) del artículo 31 por el siguiente texto: "De los recursos o aportes que se le asignen en el Presupuesto de la Nación o en leyes especiales." d) Deróganse los artículos 15, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38 y 41. e) Sustitúyese todas las menciones a la "Empresa de Comercio Agrícola" por "Empresa de Abastecimiento de Zonas Aisladas".