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Artículo 68 de la Ley 18.899

Normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30271 / 8740472.

Texto oficial

Artículo 68.- Sustitúyense en el inciso tercero del artículo 8.° de la ley N.° 18.838 la referencia "artículo 169 del decreto con fuerza de ley N.° 338, de 1960" por la siguiente: "artículo 80 de la ley N.° 18.834." y en el artículo 41 de la misma ley la expresión "decreto con fuerza de ley N.° 338, de 1960, "por "ley N.° 18.834.".