Texto oficial
Artículo 4°.- Aceptada a tramitación una solicitud, por el Departamento de Propiedad Industrial, será obligatoria la publicación de un extracto de ésta en el Diario Oficial, en la forma que determine el reglamento.
Dicta normas sobre propiedad industrial
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30305 / 8286665.