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Artículo 9 de la Ley 18.935 · Dicta normas sobre propiedad industrial

Dicta normas sobre propiedad industrial

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30305 / 8286670.

Texto oficial

Artículo 9°.- Las notificaciones se practicarán por carta certificada y por su inclusión en el estado, el que para estos efectos se deberá confeccionar en la forma que disponga el reglamento. La notificación por carta certificada se entenderá practicada el tercer día hábil de efectuado su depósito en la oficina de correos.