Texto oficial
Artículo 2°.- Transfiérense, por el solo ministerio de la ley, los bienes y recursos que integran el patrimonio de afectación fiscal de la Central Nacional de Informaciones, al Ejército de Chile.
Disuelve organismo que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30313 / 6855788.