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Artículo 3 de la Ley 18.943 · Disuelve organismo que indica

Disuelve organismo que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30313 / 6855789.

Texto oficial

Artículo 3°.- Los derechos y obligaciones pendientes de la Central Nacional de Informaciones a la época de su disolución, corresponderán o serán de cargo del Fisco-Ejército de Chile. Para los efectos señalados en el inciso anterior, la representación judicial o extra-judicial será asumida por el Consejo de Defensa del Estado.