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Artículo 7 de la Ley 18.943 · Disuelve organismo que indica

Disuelve organismo que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30313 · idParte: 6855793

Texto oficial

Artículo 7°.- El traspaso del personal y demás personas de la Central Nacional de Informaciones al Ejército de Chile operará a contar de la fecha de vigencia de esta ley. Dichos traspasos serán individualizados en los respectivos decretos supremos de encasillamiento.