Texto oficial
Artículo 2°.- Intercálase en el artículo 92 del decreto con fuerza de ley N° 2, de Interior, de 1968, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto N° 12, de Carabineros, de 1977, a continuación de la coma que sigue a "1981", la frase "o el indicado en la letra f) del artículo 2° del Acta Constitucional N° 1, de 1976".