Texto oficial
Artículo 12.- El ingreso a la planta se hará en el
último lugar del grado más bajo del escalafón respectivo,
con excepción de los Empleados Civiles que sean nombrados
para ocupar plazas que no formen escalafón.
Ley orgánica constitucional de las fuerzas armadas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30318 / 8639388.