Texto oficial
Artículo 18(19).- La formación y perfeccionamiento del
personal de planta de las Fuerzas Armadas será impartida
por las respectivas Instituciones de acuerdo con sus propios
planes y programas de estudio.
Ley orgánica constitucional de las fuerzas armadas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30318 / 8639394.