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Artículo 25 de la Ley 18.956 · Reestructura el ministerio de educacion publica

Reestructura el ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30325 / 7187804.

Texto oficial

Artículo 25.- El Departamento denominado Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, será el sucesor y continuador legal en todos los derechos y obligaciones del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas creado por el artículo 50 de la ley N° 16.617.