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Artículo 11 de la Ley 18.961 · Ley orgánica constitucional de carabineros

Ley orgánica constitucional de carabineros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30329 / 8639551.

Texto oficial

Artículo 11.- Los Subtenientes de Fila serán nombrados exclusivamente de entre los Aspirantes a Oficiales egresados de la Escuela de Carabineros que hayan aprobado el curso correspondiente. Este plantel efectuará la selección de los alumnos de acuerdo a su propia reglamentación, y según las leyes vigentes. El nombramiento de los Oficiales de Justicia, Sanidad, Sanidad Dental y Veterinaria se hará previa selección entre los postulantes, quienes deberán poseer el título profesional universitario correspondiente.