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Artículo 12 transitorio de la Ley Valdes

Establece normas sobre reforma tributaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30353 / 8596519.

Texto oficial

ARTICULO 12° TRANSITORIO.- Durante los años tributarios 1991, 1992, 1993 y 1994, la escala de tasas del impuesto a que se refiere el artículo 52 de la Ley sobre Impuesto a la Renta será la siguiente: Las rentas que no excedan de 10 unidades tributarias anuales estarán exentas de este impuesto: Sobre la parte que exceda de 10 y no sobrepase las 30 unidades tributarias anuales, 5%; Sobre la parte que exceda de 30 y no sobrepase las 50 unidades tributarias, 15%, Sobre la parte que exceda de 50 y no sobrepase las 70 unidades tributarias anuales, 25%; Sobre la parte que exceda de 70 y no sobrepase las 100 unidades tributarias anuales, 35%, y Sobre la parte que exceda de las 100 unidades tributarias anuales, 50%.".